Amonestaciones matrimoniales
La amonestación matrimonial debe solicitarse al Oficial del Registro Civil del municipio donde resida uno de los contrayentes y se realiza en el municipio de residencia de los contrayentes.
A quién está dirigido
A todos los ciudadanos mayores de edad y de estado libre que deseen contraer matrimonio.
Qué hacer para
La solicitud debe ser presentada por ambos cónyuges o por una persona especialmente designada por ellos:
Es necesario concertar una cita rellenando el formulario de la página:
Presentar los siguientes documentos en la Oficina del Registro Civil:
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documentos de identidad válidos.
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solicitud de publicación del párroco o ministro de culto de un matrimonio a celebrar por un rito religioso válido a efectos civiles.
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timbre fiscal de 16,00 euros (si uno de los contrayentes no reside en el Municipio de Venecia, se requieren dos timbres fiscales).
En caso de matrimonio civil a celebrar en otro municipio, es necesario rellenar la solicitud de expedición de poder para la celebración.
¿Cuánto cuesta?
El único coste a cargo del usuario es el de los timbres fiscales 16,00 € (si uno de los contrayentes no reside en el Municipio de Venecia, se requieren dos timbres fiscales).
Estándares de calidad
Tiempo transcurrido desde la finalización de la publicación hasta la emisión del certificado de publicación ejecutada/ningún impedimento al párroco/autorización al ministro de culto, a partir del 4º día después del último día de publicación.
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Para denuncias, reclamos y solicitud de información, está disponible la ventanilla electrónica DIME - título "Denuncias".
Actualización a cargo del Departamento Registro Civil.