Documentos que deben presentar ciudadanos no residentes y extranjeros
Para poder utilizar el servicio, es necesario presentar la documentación adecuada, dependiendo de si se es ciudadano:
-
residente, son necesarias las amonestaciones matrimoniales (diríjase a la página amonestaciones matrimoniales);
-
no residente, se requiere una solicitud por escrito del alcalde del municipio de residencia que ha llevado a cabo las amonestaciones matrimoniales;
-
extranjero, y en particular:
deben presentar los ciudadanos de Austria, Suiza, España, Países Bajos, Alemania, Portugal, Turquía, Moldavia y Luxemburgo:
- el certificado de capacidad matrimonial expedido en virtud del Convenio firmado en Mónaco el 5 de septiembre de 1980.
Los ciudadanos de Estados Unidos y Australia deben presentar:
- la declaración jurada realizada respectivamente en el Consulado de EE.UU. o de Australia en Italia, legalizada posteriormente en Subdelegación del Gobierno;
- el acta de notoriedad realizada en el Consulado de Italia en EE.UU. o Australia.
Los ciudadanos de Gran Bretaña deben presentar:
- el certificado de "no impedimento" expedido por el Registro Civil británico, con apostilla, debidamente traducido;
- declaración jurada bilingüe realizada ante Notario Público británico con apostilla.
Los ciudadanos británicos residentes en Italia o fuera de Gran Bretaña pueden presentar el certificado de no impedimento expedido por el Consulado británico en Italia.
Todos los demás ciudadanos extranjeros deben presentar el certificado de no impedimento o certificado de capacidad matrimonial expedido por la autoridad competente de su propio país (o por la Embajada o Consulado en Italia) en el que conste ningún impedimento para contraer matrimonio.
Esta página forma parte de la:
Para denuncias, reclamos y solicitud de información, la ventanilla electrónica DIME está disponible bajo el título: " Denuncias"